miércoles, 21 de octubre de 2015

Salario y Salario Mínimo

¿Que es el salario y salario mínimo? 
La remuneración mínima, salario mínimo o sueldo mínimo es la cantidad mínima de dinero que se le paga a un trabajador en un determinado país y a través de una ley establecida oficialmente, para un determinado período laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Esta reglamentación fue establecida por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX.1 Los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate. La cuantía del salario mínimo se utiliza para establecer el salario máximo.
Generalmente se expresa en unidades monetarias por jornada de trabajo; por ejemplo, que no se puede pagar menos de 6 euros/dólares/libras a un trabajador por cada hora de trabajo. Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual.
El salario mínimo es susceptible al valor de las monedas y a la inflación debido a que durante las monetarias el trabajador pierde poder adquisitivo, lo mismo ocurre con los periodos inflacionarios. Para restablecer el mismo poder adquisitivo se dan los aumentos del salario mínimo. 



Tiempo Extraordinario "Ley Federal del Trabajo" Articulo 68


 ¿Que es el tiempo Extraordinario? 

Artículo 68

  Según la ley federal del trabajador los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor
del permitido en este capítulo.
La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del
salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley. 




Aguinaldo "Ley Federal del Trabajo" Articulo 87


Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Trabajadores que tienen derecho a recibir el aguinaldo
Todos los trabajadores al servicio de una empresa tienen derecho a percibir su aguinaldo, con independencia de que sean permanentes o eventuales, o de confianza o sindicalizados, sin importar el número de días que durante el año hayan estado al servicio de la misma (calculándole la parte proporcional correspondiente).
No tienen derecho a percibir aguinaldo ni los miembros del Consejo de Administración, ni el Administrador Único de las empresas, ya que su relación con la mismas es de carácter mercantil y no laboral, razón por la cual no les es aplicable la Ley Federal del Trabajo. Los Comisarios de las empresas tampoco tienen derecho a percibir aguinaldo, porque no pueden ser trabajadores de ellas, de acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles. El Gerente General o Director General de las empresas, por contra, sí tienen derecho a percibir aguinaldo, ya que sí son trabajadores y están sometidos a las instrucciones que reciban del Consejo de Administración o del Administrador Único.  





Días de Descanso "Ley Federal del Trabajo" Artículos: 69,70,71,72,73,74




Artículo 69. Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.


Artículo 70. En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.



Artículo 71. En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.


Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.



Artículo 72. Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que hubiese percibido de cada patrón.


Artículo 73. Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio: I. El 1o. de enero; II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; IV. El 1o. de mayo; V. El 16 de septiembre; VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; VIII. El 25 de diciembre, y IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. 



La Jornada de Trabajo "Ley Federal del Trabajo"

Estos artículos según la ley federal del trabajo  hablan que la jornada laboral (58) es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo (59) la jornada de trabajo la fijan entre el trabajador y el patrón , y esta no debe exceder los máximos legales. (60) También te menciona los tipos de jornadas laborales, jornada diurna es de seis horas hasta las veinte horas, la jornada nocturna es lo contrario a la diurna de 20 horas hasta las 6 horas. Existe la jornada mixta  comprende periodos de la diurna y nocturna siempre que el periodo nocturno no exceda de 3 horas y media, si tiene más se reputara jornada nocturna. (61) nos menciona la duración de la jornada laboral depende del tipo de jornada, la jornada diurna debe durar 8 horas, la nocturna es de 7 horas y la jornada mixta una duración de 7 horas con 30 min. (62)Se fija la jornada de trabajo mediante lo dispuesto en el ARTÍCULO 5 FRACCIÓN  lll.- Una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. (63)Hablamos también del descanso mínimo de 30 minutos durante la jornada continua de trabajo, (64) cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios, durante el descanso laboral, el tiempo se tomará como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. (65) nos dice que cuando esté en riesgo inminente la vida del trabajador, de sus compañeros, del patrón o de la misma empresa, se puede prolongar la jornada laboral para evitar esos males,
(66) Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.  (67) En el artículo 65 las horas de trabajo a las que se refiere, se retribuirá con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada , estas horas extraordinarias se pagara con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada. (68) Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios más tiempo de su jornada laboral, el tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada. 


Introduccion a La ley federal del Trabajo Articulo 56

Según la ley federal de trabajo dice que las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad entre mujeres y hombres en ningún caso podrán inferiores a las fijadas en esta ley. Sin establecer diferencias y/o exclusiones por motivo étnico o nacionalidad, sexo, genero, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, embarazo, responsabilidades familiares o estado civil.